Instrucciones previas, tome la decisión usted mismo
Por Adriana Cortes
Cerca de 1,5 millones de estadounidenses sufren de alguna especie de lesión cerebral cada año en accidentes automovilísticos, caídas, haciendo deportes o durante la realización de actividades de recreación. Algunos no son rescatados heroicamente, ni perdidos. En cambio, sus cuerpos se mantienen vivos a través de tratamientos para mantener las funciones vitales (como por ejemplo, respiradores y sondas) con la posibilidad del 1% de recuperar la capacidad para comunicarse. Sus familias se sienten devastadas tanto emocional como financieramente. Esto le puede suceder a cualquiera.
Es importante poseer instrucciones previas para que sus deseos se cumplan en una situación tan catastrófica. Esto evita que la familia deba determinar si usted permanecerá vivo por medio de los equipos para mantener sus funciones vitales o no. Imagínese su preocupación al no saber si están tomando la decisión correcta, y las disputas familiares que pueden originarse. Usted puede fácilmente evitar cargar a su familia con este dilema por medio de directivas previas.
¿En qué consiste una instrucción previa?
Una instrucción previa es un documento legal diseñado para ayudarlo a comunicar sus deseos sobre los tratamientos médicos futuros cuando usted no pueda expresar sus deseos debido a una enfermedad o a una lesión. Existen tres tipos de directiva que reconoce la ley en Texas: Directivas para Médicos (también llamada Testamento vital), Poder médico, y orden de no reanimar fuera del hospital. Se describen con más detalle a continuación.
Testamento vital
Luego de considerar sus valores personales, y las consecuencias y los beneficios que pueden acompañar su decisión, elija las opciones que aparecen en el formulario de Testamento vital y haga que lo firmen dos testigos. Estos testigos no pueden ser miembros de la familia, proveedores de asistencia médica, o cualquier persona que pueda tener un interés en su estado. El formulario no necesita estar certificado. Si tiene menos de 18 años de edad, sus padres, tutores legales o cónyuge (si tienen 18 años o más) deben llenar el formulario por usted.
Poder médico
El formulario del poder médico le permite asignar a alguien como su apoderado para que tome decisiones sobre el cuidado de su salud en el caso de que su médico lo considere “incompetente” para tomar decisiones. No podrá asignar a su proveedor de atención médica o su proveedor de cuidado residencial, o cualquiera de sus empleados, salvo que esa persona sea un pariente. Como el testamento vital, este formulario debe ser firmado por dos testigos.
Orden de no reanimar
La orden para no reanimar (DNR, por sus siglas en inglés) comunica sus deseos en un lugar fuera del hospital, como es un hospicio, una casa particular, un consultorio externo o de emergencias o una ambulancia. Esto les indica a los profesionales que no realicen resucitación cardiopulmonar y otros tratamientos para mantener los signos vitales.
¿Qué ocurre si no quiero tener una instrucción previa?
Si no posee una instrucción previa, o un tutor legal o un apoderado con poder médico, el médico y sus familiares más cercanos realizarán las decisiones sobre el tratamiento por usted. El hospital le cederá la autoridad para tomar decisiones a sus familiares en este orden: (1) su cónyuge, (2) sus hijos mayores, si es razonable, (3) sus padres y (4) su familiar vivo más cercano.
Para más información, y para ver formularios de muestra sobre las directivas previas, visite el Sitio Web del
Hospital Universitario..